En términos generales, un niño con y sin discapacidades puede ser criado por uno o ambos padres. Sin embargo, puede haber circunstancias de la vida tales como la muerte de uno o ambos padres, o si uno o ambes son incapaces financiera, física, y/o emocionalmente incapaces de cuidar a su hijo debido a adicciones, trastornos de salud física o mental, y/o trastornos por abuso de sustancias, entre otros. En estos casos, los familiares o parientes (en inglés) del niño, tal vez junto con relaciones cercanas no familiares, como padrinos, padrastros, y/o amigos cercanos de la familia, pueden asumir una función informal, voluntario, o formal de tiempo completo de atención, crianza, y protección, así como el mantenimiento de las conexiones familiares y tradiciones culturales.
Según la Fundación Annie E. Casey, hay aproximadamente 2.6 millones de niños bajo el cuidado de familiares (en inglés). En general, los arreglos de cuidado por familiares se dividen aproximadamente en tres categorías: parentesco informal, voluntario, y formal:
- Los arreglos de parentesco informales son entre parientes sin la participación de una agencia de bienestar infantil o el sistema judicial, y la custodia legal permanece con los padres (a menos que hayan fallecido). Los parientes conservan la custodia física del niño o de los niños.
- Los arreglos voluntarios de parentesco son similares a los arreglos informales con la excepción de que está involucrada una agencia de bienestar infantil y el Estado no asume la custodia legal. En algunos casos, el tribunal puede colocar el niño con un pariente. En otros casos, la agencia de bienestar infantil hace un arreglo sin la participación de la corte.
- Los arreglos formales de acogimiento familiar reflejan fielmente el acogimiento no familiar, donde el niño es puesto bajo la custodia legal del Estado por un juez, la agencia de bienestar infantil luego coloca al niño o los niños con sus parientes. En estas situaciones, la agencia de bienestar infantil, actuando en nombre del Estado, tiene la custodia legal de los niños y los familiares tienen la custodia física. Las agencias de bienestar infantil están responsables de garantizar que el niño reciba atención médica y asista a la escuela. A corte aprueba las visitas con los padres o hermanos, la agencia de bienestar infantil es responsable de asegurarse de que estas visitas ocurran.
Se debe señalar que la discapacidad, en sí misma, no descalifica a una persona para ser padre y ser el principal cuidador de su hijo. Los estudios han demostrado que los padres con discapacidades pueden enfrentar el estigma y los prejuicios dentro del sistema médico y de bienestar infantil, lo que pone en duda sus habilidades como padres. Los padres con discapacidades y sus defensores pueden querer obtener más información sobre los derechos de los padres y los recursos en su estado.
Referencias:
La Fundación Annie E. Casey (2022). Temas – Atención por parentesco (en inglés).
Portal de Información sobre el Bienestar Infantil. (2022). La atención de familiares y el sistema de bienestar infantil (en inglés). Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EEUU, Administración para los Niños y las Familias, Oficina de los Niños.
Portal de Información sobre el Bienestar Infantil (2022). Temas – Atención por parentesco (en inglés).